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IMMEXPermanenciaSubmanufacturaRAOCE

Inteligencia operativa · Cumplimiento continuo

Obligaciones operativas y permanencia IMMEX: el calendario que protege el programa

El cumplimiento IMMEX ocurre todos los días: saber dónde está cada mercancía, cuándo vence, qué tercero la procesa y qué información debe reportarse mantiene vigente la autorización para importar temporalmente.

Por Equipo ADALCED26 septiembre 202610 min de lectura

01 · PANORAMA

Una autorización sostenida por controles permanentes

El Decreto IMMEX obliga a cumplir el programa autorizado, destinar las mercancías a los fines aprobados, retornarlas dentro de plazo, mantenerlas en domicilios registrados y llevar un control automatizado. No son tareas aisladas: forman una cadena de evidencia sobre mercancía, ubicación, proceso y destino.

Mercancía

Qué ingresó y bajo qué autorización

Ubicación

Dónde permanece o se procesa

Plazo

Cuándo debe retornar o cambiar de régimen

Evidencia

Cómo se demuestra cada movimiento

02 · PERMANENCIA

El reloj cambia según la mercancía

El artículo 108 de la Ley Aduanera establece los plazos generales. El conteo debe administrarse por operación y mercancía, considerando rectificaciones, transferencias y el destino final que legalmente cierre la importación temporal.

18 meses

Insumos, materias primas, partes y componentes

Incluye materiales consumibles, envases, empaques, etiquetas y folletos en los supuestos de la fracción I.

2 años

Contenedores y cajas de tráiler

Plazo general específico previsto para esta categoría.

Vigencia del programa

Maquinaria, equipo, herramientas, moldes y otros activos

Aplica a los bienes comprendidos en la fracción III del artículo 108.

Las facilidades de 36 o 48 meses previstas en las RGCE corresponden a modalidades y rubros específicos —por ejemplo, determinados registros OEA, Aeronaves o SECIIT—. No deben aplicarse como una extensión general para cualquier empresa IMMEX.

03 · UBICACIÓN

La mercancía debe poder localizarse y explicarse

Las mercancías temporales deben permanecer en domicilios registrados o trasladarse mediante el procedimiento aplicable. El Decreto IMMEX exige solicitar el registro de cambios de domicilios operativos y de submanufactura al menos tres días hábiles antes del traslado al nuevo domicilio.

Antes

Validar que el domicilio y el tercero estén registrados y activos.

Durante

Amparar el traslado con el documento o aviso que corresponda al supuesto.

Después

Actualizar ubicación, cantidades y responsable en el control de inventarios.

04 · TERCEROS

Submanufactura no significa perder la trazabilidad

Cuando un tercero realiza parte del proceso productivo, la empresa IMMEX conserva obligaciones sobre la mercancía. El tercero debe estar registrado conforme al esquema aplicable, el proceso debe estar descrito y los movimientos tienen que quedar reflejados en el control de inventarios.

01

Registro

Identificar al submanufacturero, sus domicilios y el proceso autorizado.

02

Entrega

Documentar cantidades, números de parte, fecha y ubicación de destino.

03

Transformación

Relacionar consumo, producto resultante, merma y desperdicio.

04

Retorno

Comprobar la devolución o destino posterior dentro del plazo aplicable.

05

Conciliación

Mantener el saldo por tercero alineado con inventario y documentación.

05 · REPORTE ANUAL

Mayo es un cierre operativo, no solo administrativo

El reporte anual debe presentarse electrónicamente a la Secretaría de Economía a más tardar el último día hábil de mayo, con ventas y exportaciones del ejercicio anterior. Además, el programa exige realizar ventas al exterior superiores a 500,000 dólares o facturar exportaciones por al menos 10% de la facturación total.

Último día hábil de mayo

Fecha límite ordinaria del reporte anual.

> USD 500,000

Una alternativa para acreditar el compromiso anual de exportación.

≥ 10%

Alternativa basada en exportaciones respecto de la facturación total.

La falta de reporte o de los requisitos verificados suspende el beneficio de importar temporalmente mientras se subsana. Si continúa al último día hábil de agosto, el Decreto prevé la cancelación definitiva a partir del 1 de septiembre.

06 · GESTIÓN

Un calendario de cumplimiento que empieza en cada pedimento

Asignar fecha de vencimiento al registrar cada importación temporal.

Generar alertas preventivas por mercancía, pedimento y domicilio.

Revisar semanalmente saldos próximos a vencer y su plan de retorno o regularización.

Conciliar mensualmente inventario físico, Anexo 24, pedimentos y mercancía en terceros.

Controlar cambios de domicilio, socios, accionistas y representante legal.

Preparar desde el cierre anual la información de ventas y exportaciones para el reporte de mayo.

La mejor alerta no es la que avisa el día del vencimiento, sino la que deja tiempo suficiente para decidir entre retorno, transferencia, cambio de régimen u otra alternativa legal.

07 · TRAZABILIDAD

Fuentes oficiales

Los plazos y procedimientos especiales deben validarse contra la autorización concreta de la empresa y las disposiciones vigentes.

Ley AduaneraArtículo 108 y disposiciones relacionadas · Cámara de DiputadosDecreto IMMEXObligaciones, reporte anual y submanufactura · Secretaría de EconomíaReglas Generales de Comercio Exterior vigentesProcedimientos y beneficios específicos · SATAnexo 24 de las RGCE vigenteControl automatizado de inventarios · SAT
Nota editorial:contenido informativo. No constituye asesoría legal, fiscal o aduanera, ni sustituye la revisión de disposiciones vigentes y circunstancias particulares.

En este artículo

01Mapa de obligaciones02Plazos de permanencia03Domicilios y traslados04Submanufactura05Reporte anual06Calendario de control07Fuentes
Ver fuente oficial

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